Normativa Cercanías Renfe

Con fecha 01/03/2009 y anulando la normativa anterior, sale una nueva normativa que afecta a todos los núcleos de Cercanías del Estado español con excepción de Cataluña. Es muy similar a la que ya existía, sólo que ahora queda más clara, pero añade un punto que deja también muy claro los pocos derechos que tenemos los ciclistas a la hora de viajar con nuestras bicicletas en los trenes.
En concreto, deja claro que al margen de los horarios y el número de bicicletas autorizado por tren,  el interventor puede denegar el acceso o hacer bajar a los viajeros portadores de bicicletas si considera que la ocupación del mismo es elevada. Esta posibilidad no estaba bien definida en la anterior normativa en tanto que sólo existía un párrafo (que todavía se mantiene en la normativa actual pero esta vez como “favor” ) en cuyo caso su redacción nos protegía de los posibles excesos de celo por parte de algunos interventores: “En cualquier caso, y como norma general, debe siempre prevalecer el criterio de Atención al Cliente. Por tanto, si se observa la presencia de viajeros con bicicletas aún en períodos o líneas no autorizados y ello no implique o pueda implicar molestias al resto de los viajeros, se permitirá su transporte”.
En la  nueva normativa pues, se nos da la posibilidad de probar a ver que pasa en periodos o líneas no permitidos pero en horarios y líneas permitidos, deja a los usuarios que utilizan el bici+tren para ir a su trabajo (y que por lo tanto necesitan normas que les den seguridad) a merced de la posible ocupación del tren.
Siguen estando vetadas una serie de líneas en Madrid, Málaga y Sevilla a los ciclistas. (¡Atención! A partir del 15-12-09 hay cambios: ver nota actualizada de Málaga al final del texto)
La parte positiva de esta nueva normativa es que además de su mayor claridad, se recoge la posibilidad de ir con bicicletas plegables de no importa que medidas (no las especifica). Otra novedad ya recogida en la normativa que regía antes el núcleo de Valencia es la de la necesidad de pedir autorizaciones a los grupos de 10 o más bicicletas en cuyo caso se especifica un número de teléfono en cada núcleo.

Respecto al número de bicicletas por tren y salvo en determinados núcleos de cercanías, se ha tomado como base la premisa de 2 bicicletas por plataforma como ya ocurría en el núcleo de Valencia (el más probici de todos los existentes antes y ahora). Este número viene dado en la nueva normativa bajo la forma: nº de bicis x coche (suelen ser 3 coches de dos o tres plataformas por coche). En el caso de los trenes Civia, pero sólo en el núcleo de Madrid, se restringe el número de bicicletas al espacio (1 o 2 bicis) que hay destinado a ello en esos trenes, lo cual reduce todavía más el número de bicicletas por tren.
Pormenorizando más al respecto, podríamos decir que en general en las UT 447 y 446 (que disponen de 3 coches y 3 plataformas por coche) se admiten 18 bicicletas en en todo el tren (si va en composición simple) , que en las líneas dónde se opera con trenes de tracción diesel serie 592 que disponen de 2 plataformas en cada uno de sus 3 coches el máximo de bicicletas admitido es de 12 bicicletas y en el caso de los trenes Civia (pero por suerte sólo en el núcleo de Cercanías de Madrid) las bicicletas han de llevarse en el espacio ridículo destinado a tal fin, perdiéndose pues un gran número de plazas.
En lo que concierne a lo de llevar bicicletas en las plataformas diremos que tiene como positivo el que hace más agil el acceso de los ciclistas al tren y que no se toma ningún espacio destinado a asientos. Sin embargo, en las líneas dónde las puertas se abren alternativamente  a un lado y a otro según las estaciones, resulta algo incómoda tanto para el ciclista como para el resto de viajeros esta manera de transportar las bicicletas. No obstante no deja de ser una incomodidad asumible que puede compararse a cualquier otra como por ejemplo la de viajar de pie en horas punta y que se asume como algo previsible.

Para superar todos estos inconvenientes, creemos que la normativa debería eliminar el párrafo que hace referencia a la posibilidad de no dejar transportar bicicletas según la ocupación del tren e incorporar en todos los trenes unos espacios (de uso exclusivo) junto a todas las plataformas para al menos 2 bicicletas.

Málaga,
11 de diciembre de 2009.-
Los trenes de Cercanías de Málaga admitirán bicicletas a partir del
próximo martes 15 de diciembre, tanto en la Línea C-1
(Málaga-Fuengirola) como en la C-2 (Málaga-Álora).

 En el caso de la Línea C-1, se permitirá una bicicleta por coche durante
todo el día. En la Línea C-2 se podrán subir hasta tres bicicletas por coche, también sin límite de horario. En ambos casos, deberán ubicarse en los espacios del tren habilitados para el transporte de bicicletas, y en su defecto, sin invadir pasillos ni zonas de asientos.